domingo, 10 de mayo de 2009

APOYO A SOSTENIMIENTO

¿Qué es apoyo a sostenimiento?
El “Apoyo de Sostenimiento” es un programa del SENA que tiene como finalidad contribuir a sufragar gastos básicos, seguro de accidentes, elementos y vestuario de protección personal de sus aprendices clasificados en estratos 1 y 2, durante las fases lectiva y práctica de su proceso de formación.

¿Cuál es la finalidad del apoyo de sostenimiento en tu permanencia en el SENA?
Ayudarte a cubrir gastos básicos, seguro de accidentes, elementos y vestuario de protección personal, durante las fases lectiva y productiva de tu formación. Para ello debes formular y mantener un plan de negocios coherente con el programa de formación que cursas siempre y cuando no hayas suscrito contrato de aprendizaje.

¿Qué normas amparan este apoyo de sostenimiento?
Decreto 4690 de 2005
El acuerdo 000005 de 2006

¿Qué dice el Decreto 4690 de 2.005?
MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
DECRETO NUMERO 4690 DE 2005
(Diciembre 21)
Por el cual se reglamenta el artículo 41 de la Ley 789 de 2002.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el
Numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 41 de la
Ley 789 de 2002, y
DECRETA:
Artículo 1°. Apoyo de sostenimiento. El Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, otorgará apoyo de sostenimiento a sus alumnos pertenecientes a los estratos 1 y 2, durante las fases lectiva y práctica, siempre y cuando no hayan suscrito contrato de aprendizaje y formulen su plan de negocios, el cual debe ser coherente con su programa de estudios.
Artículo 2°. Seguros. Los alumnos del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, beneficiarios del apoyo de sostenimiento previsto en el artículo 41 de la Ley 789 de 2002, deberán estar amparados mediante un seguro con cobertura nacional, durante las fases lectiva y/o práctica o productiva del programa de formación, de acuerdo con el calendario académico de la entidad, que incluya:
1. Muerte accidental incluyendo homicidio.
2. Incapacidad total y permanente.
3. Beneficios por desmembración.
4. Gastos médicos, quirúrgicos, hospitalarios y de atención ambulatoria por cualquier causa accidental, incluyendo medicamentos, asistencia farmacéutica, material de osteosíntesis, prótesis, órtesis y demás elementos necesarios para la fisioterapia y rehabilitación integral del paciente.
5. Gastos de traslado.
6. Gastos funerarios.
El monto del seguro al igual que su distribución, serán definidos por el Consejo
Directivo Nacional del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena.
Parágrafo. Las actividades de prevención y promoción se efectuarán conforme a la normatividad establecida por el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, en el área de para el bienestar de los alumnos.
Artículo 3°. Elementos de seguridad industrial y vestuario. Los elementos de seguridad industrial y vestuario tienen como finalidad brindar protección a los alumnos del Servicio
Nacional de Aprendizaje, Sena, contra los riesgos en la fuente, en el medio y en la persona.
Los elementos de protección personal y vestuario que se suministren a los alumnos deben cumplir con los requisitos exigidos en la normatividad vigente, tales como:
1. Ofrecer adecuada protección contra el riesgo particular para el cual fue diseñado.
2. Ser adecuadamente confortable cuando lo usa el trabajador.
3. Adaptarse cómodamente sin interferir en los movimientos naturales del usuario.
4. Ofrecer garantía de durabilidad.
5. Poderse desinfectar y limpiar fácilmente.
Parágrafo. Los elementos de seguridad industrial y vestuario se determinarán de acuerdo con el programa de formación que el alumno o alumna esté cursando, los cuales se encuentran definidos en la Norma de Competencia Laboral y especificados en la planeación metodológica del módulo de formación, en el diseño curricular de los programas o en las listas que para el efecto adopte la entidad. La cantidad y el período de entrega se determinarán con base en la duración del programa de formación.
Artículo 4°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de diciembre de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de la Protección Social,
Diego Palacio Betancourt.
Diario Oficial 46.131 de Diciembre 23 de 2005

¿Qué dice el acuerdo 000005 de 2.006?
CONVOCATORIA
ADJUDICACION DE APOYOS DE SOSTENIMIENTO PARA
ALUMNOS DEL SENA DE ESTRATOS 1 Y 2
AÑO 2006
Bogotá, Noviembre de 2006
RECOMENDACIONES PARA EL ALUMNO
1. Lea cuidadosamente el contenido de la presente convocatoria.
2. Este atento a cumplir las fechas de apertura, horario y cierre de convocatoria.
3. Ingrese a la página institucional en el banner denominado Convocatoria Apoyos de Sostenimiento Alumnos, en el espacio destinado para inscripción digite su número de identificación (c.c) o contraseña, y diligencie el formulario de inscripción con el fin de participar en el proceso de adjudicación de Apoyos de Sostenimiento.
4. Antes de diligenciar su inscripción, cerciórese y verifique que cumple los requisitos establecidos en la presente Convocatoria y cuenta con los documentos soportes necesarios
5. El Subdirector del Centro de Formación podrá solicitar aclaraciones sobre la información registrada si lo considera necesario, el no presentarlas en el momento requerido será objeto de anulación de la inscripción del alumno.
6. Los resultados serán publicados en la página Banner Principal, denominado Convocatoria Apoyos de Sostenimiento Alumnos y/o en el banner secundario de Bienestar de los alumnos, en las carteleras y medios de comunicación con que cuente cada Centro de
Formación.
7. Las destinaciones específicas de los Apoyos de Sostenimiento de la presente Convocatoria serán distribuidas a partir de enero de 2007 o la fecha que sea señalada por parte de la Dirección de Formación Profesional, Dirección General del SENA. En el calendario que se publicará oportunamente.
CAPITULO 1
1. 1 CONTEXTUALIZACION DE LOS APOYOS DE SOSTENIMIENTO
Los alumnos de estratos 1 y 2 constituyen un alto porcentaje de los usuarios SENA, por lo que es necesario impulsar mecanismos como el otorgamiento de apoyos de sostenimiento, que contribuyan a minimizar las posibilidades de deserción de los jóvenes más vulnerables y los consiguientes problemas sociales que ello acarrea.
Por lo anterior y cumpliendo lo establecido en la Ley 789 de 2002, el Gobierno Nacional reglamento a través del Decreto 4690 del 21 de Diciembre de 2005, las destinaciones específicas de los apoyos de sostenimiento y mediante Acuerdo 000005 del 14 de Septiembre de 2006 y el Consejo Directivo Nacional del SENA reglamento el monto de los Apoyos de sostenimiento a conceder, su distribución y los criterios que permitan la operación de las condiciones para gozar de los mismos e impulsar el emprendimiento y empresarismo de los alumnos SENA.
La formación en el tema no pretende convertir a todos los alumnos en Empresarios, pero si en Emprendedores, desarrollando las competencias básicas necesarias, de manera que cada colombiano que ingrese al SENA se perfile como un ciudadano responsable, con bases sólidas y humanas, crítico, respetuoso y constructivo, solidario, líder, creativo y emprendedor, capaz de trabajar en equipo, de proyectarse y aportar al desarrollo del país con empleo y trabajo.
1.2. FINALIDAD DEL APOYO DE SOSTENIMIENTO
Contribuir a sufragar gastos básicos, el seguro de accidentes, los elementos y vestuario de protección personal del alumno SENA de estratos 1 y 2, durante las fases lectiva y práctica de su formación, siempre y cuando no haya suscrito contrato de aprendizaje y formule su plan de negocio, el cual debe ser coherente con su programa de estudios y cumpla con los requisitos exigidos en la normatividad vigente
CAPITULO 2
INFORMACIÓN DE LA CONVOCATORIA
2.1. OBJETO
Convocar a inscripción a la convocatoria para la adjudicación de apoyos de sostenimiento a los alumnos del SENA, de estratos 1 y 2, que cumplan con los requisitos y criterios establecidos en la presente convocatoria, los cuales deberán cumplirse a cabalidad siguiendo lo allí establecido.
2.2. NORMATIVIDAD
Ley 789 de diciembre 27 de 2002, por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Código Sustantivo de Trabajo.
Artículo 41. Apoyo de sostenimiento. El SENA destinará el 20% de los recaudos generados por la sustitución de la cuota de aprendizaje en dinero que se refiere el artículo 34 de la presente Ley, a la cuenta “Apoyos de Sostenimiento del presupuesto general de la entidad”
Decreto 249 de enero 28 de 2004, por el cual se modifica la estructura del Servicio nacional de Aprendizaje, SENA.
Articulo 3°. Funciones del Consejo Directivo Nacional. Numeral 21.
Articulo 11°.Dirección de Formación Profesional. Numeral 19.
Decreto 4690 de diciembre 21 de 2005, por el cual se reglamenta el artículo 41 de la Ley 789 de 2002.
Acuerdo 000005 de septiembre 14 de 2006, por el cual se reglamenta el monto de los apoyos de sostenimiento a conceder, su distribución y los criterios que permitan la operación de las condiciones para gozar de los mismos.
2.3. PRESUPUESTO DISPONIBLE PARA LA CONVOCATORIA
Los recursos asignados para la presente Convocatoria ascienden a la suma de NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($9.330.000.000.oo), para los alumnos de estratos 1 y 2 que cumplan con lo establecido en la presente Convocatoria durante la etapa lectiva y practica del programa de formación en el cual se encuentren matriculados. Dicha convocatoria se encuentra amparada a través de los Convenios SENA –
ICETEX 002F-2003 y 002F-2004.
2.4. CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA
El cronograma de la Convocatoria es de obligatorio cumplimiento por parte de los, Alumnos,
Centros de Formación, las Direcciones regionales, la Dirección de Formación Profesional del
SENA, para la adjudicación de apoyos de sostenimiento a los alumnos quienes surtido el proceso resulten beneficiados el cual forma parte del anexo # 1 de la presente Convocatoria.
Este cronograma estará publicado en la página WEB del SENA Banner Principal, denominado Convocatoria Apoyos de Sostenimiento Alumnos y en los medios de comunicación con que cuente el SENA a partir de la fecha establecida en el cronograma.
El SENA se reserva el derecho de realizar cambios en las fechas y horarios de los procesos, si lo considera conveniente; los cuales serán comunicados con anterioridad
CAPITULO 3
REQUISITOS CONVOCATORIA DE ADJUDICACION DE APOYOS DE SOSTENIMIENTO PARA ALUMNOS DEL SENA, DE ESTRATOS 1 Y 2
3. 1. REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIO DE APOYOS DE SOSTENIMIENTO
Los requisitos necesarios para ser beneficiario de apoyos de sostenimiento son:
Estar matriculado en uno (1) de los programas de formación profesional objeto de Contrato de Aprendizaje (Formación Titulada con duración total igual o mayor a 880 horas).
Estar clasificado en estratos socioeconómicos 1 o 2. (Esta información debe estar registrada
En el Sistema de Gestión Académica o el que haga sus veces, desde el momento de la inscripción del aspirante al programa de formación).
Estar formulando su plan de negocio según verificación realizada con las Unidades de Emprendimiento y Empresarismo de cada Centro de Formación. (Como evidencia se tomará la ficha de inscripción del Plan de Negocio – Formato de la Unidades de Emprendimiento y Empresarismo)
No contar con contrato de aprendizaje, ni haberlo tenido en un programa de formación anterior.
Haber culminado el primer trimestre de formación con buen rendimiento académico.
No ser o haber sido sancionado con condicionamiento de matrícula por faltas académicas o disciplinarias durante el trimestre inmediatamente anterior a la selección.
No tener ningún vínculo laboral.
No ser beneficiario del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción FIC.
No haber sido beneficiario de apoyos de sostenimiento por parte del SENA en otro programa de formación.
Haber registrado su inscripción en las fechas publicadas en cada Centro de Formación y en la página banner Convocatoria Apoyos de Sostenimiento.
Nota: La falta de cumplimiento de alguno de los requisitos anteriores, excluirá al candidato de participar en la presente convocatoria.
CAPITULO 4
INSCRIPCION, VERIFICACION DE CUMPLIMIENTO Y DE SELECCIÓN DE BENEFICIARIOS
4.1. INSCRIPCION DE ALUMNOS
El formulario de inscripción a la Convocatoria para Adjudicación de Apoyos de Sostenimiento para alumnos del SENA de estratos 1 y 2 estará disponible en la página en el banner principal denominado Convocatoria Apoyos de Sostenimiento Alumnos, el cual diligenciará con la información correcta.
La confirmación del éxito de la inscripción se hará a través de la página institucional en el momento de finalizar la inscripción satisfactoriamente.
4.2. VERIFICACION DE CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS. Además de los criterios contemplados en el numeral 3.1. De la presente convocatoria se tendrán en cuenta factores de orden socioeconómico establecidos en el artículo 10° del Acuerdo 000005 de 2006.
4.3. REQUISITOS DE SELECCIÓN PARA SER BENEFICIARIO DE APOYOS DE
SOSTENIMIENTO
4.3.1. BUEN RENDIMIENTO ACADÉMICO:
Para efectos de la selección de los beneficiarios del apoyo de sostenimiento, se considera buen rendimiento académico, los siguientes elementos:
4.3.1.1 Porcentaje de evolución del plan de negocio (nivel máximo 10 puntos: Los alumnos recibirán el siguiente puntaje:
Aspectos
Si el alumno esta registrado en la Unidad de emprendimiento del Centro: Puntaje 3 puntos.
Si el alumno tiene el proyecto en formulación (mínimo 2 capítulos terminados del plan de negocio): Puntaje 5 puntos.
Si el alumno tiene el proyecto formalizado (con aprobación técnica de la unidad de emprendiendo): Puntaje 10 puntos.
MAXIMO PUNTAJE 10 PUNTOS
4.3.1.2. Nivel de evolución del proceso de formación (nivel máximo 10 puntos): De acuerdo al nivel en que se encuentre el alumno se asignarán los puntos correspondientes de acuerdo a la siguiente fórmula:
Ejemplo: Para un alumno que está matriculado como Técnico Profesional en Agua Potable que se encuentre en el tercer trimestre (este programa tiene 6 trimestres en total, incluyendo la práctica):
Lo anterior, se acreditará mediante certificaciones expedidas por el respectivo coordinador académico donde indique el trimestre cursado.
4.3.1.3 Puntos actitudinales en el proceso de formación:
Aspectos
Si el alumno es o ha sido representante estudiantil del
Centro de Formación o de la sede correspondiente. Puntaje 10 puntos
Si el alumno es vocero del grupo: Puntaje 5 puntos.
Si el alumno es monitor en ambientes de aprendizaje (aulas de informática, bibliotecas, internados, áreas técnicas): Puntaje 5 puntos.
Si el alumno ha representado al SENA al menos en un evento cultural: Puntaje 3 puntos.
Si el alumno ha representado al SENA al menos en un evento deportivo: Puntaje 3 puntos.
Si el alumno ha representado al SENA al menos en un evento académico: Puntaje 3 puntos.
Si el alumno ha participado en organización de al menos un evento recreativo del centro: puntaje 3 puntos.
Si el alumno ha participado en organización de al menos un evento cultural del centro: Puntaje 3 puntos.
Si el alumno ha participado en organización de al menos un evento deportivo del centro: Puntaje 3 puntos.
Si el alumno ha participado en organización de al menos un evento académico del centro: Puntaje 3 puntos.
MAXIMO PUNTAJE 10 PUNTOS
Lo anterior, se acreditará mediante certificaciones expedidas por el coordinador del Grupo de Gestión de Administración Educativa en los Centros de Formación o del Grupo de
Formación Integral, gestión educativa y promoción y relaciones corporativas o quien haga sus veces, donde indique la participación del alumno.
4.3. IGUALDAD DE PUNTAJE
En caso de empate en la calificación se ordenarán los estudiantes dando la prioridad para adjudicación a partir del criterio actitudinal.
En caso de existir igualdad de puntajes en el punto de corte, se realizará un sorteo entre aquellos alumnos que se encuentren en él y se adjudicará al ganador o ganadores hasta donde el presupuesto asignado al Centro de formación lo permita.
El sorteo lo efectuará el Subdirector de Centro en presencia del Coordinador del Grupo de Gestión de Administración Educativa en los centros de formación que se aplique la resolución 928 de 2006 o del Coordinador del Grupo de Formación Integral, Gestión Educativa y Promoción y Relaciones Corporativas en los que aplique la Resolución 1063 de 2005 o quien haga sus veces, quienes estarán presentes como veedores del proceso. También estarán presentes los alumnos participantes en el sorteo quienes deben sacar una balota o ficha, numeradas de uno a”N” según el número de participantes en el sorteo y se adjudicará el número de cupos de apoyos disponibles para el sorteo, a quienes al azar hayan obtenido los números mayores.
4.4. EVENTOS EN QUE NO SE DARA TRAMITE A LA INSCRIPCIÓN.
1. Cuando la inscripción realizada por el alumno se presente en forma extemporánea.
2. Cuando se presente inexactitud en la información suministrada para participar en la convocatoria.
3. Cuando por acta del Comité de seguimiento y evaluación se le recomiende una sanción o medida formativa al alumno inscrito y ella sea notificada por el Subdirector de Centro.
4. Cuando los documentos soporte requeridos se presenten en forma incompleta.
5. Cuando no cumplan con los requisitos exigidos en el capítulo 3, numeral 3.1. De la presente convocatoria y con los requisitos de verificación del numeral, 4.2.
6. Cuando se presente doble inscripción por parte del alumno.
7. Cuando la Entidad solicite aclaraciones y el candidato no las allegue en el ´termino establecido.
4.5. CAUSALES DE SUSPENSIÓN O CANCELACION DE APOYOS DE SOSTENIMIENTO
Los apoyos de sostenimiento asignados a los alumnos, pueden ser suspendidos o cancelados mediante Acto Administrativo debidamente motivado por las causales señaladas en el numeral 11 del Acuerdo 000005 de 2006.
CAPITULO 5
RESULTADOS DE LA CONVOCATORIA
5.1. PUBLICACION DE RESULTADOS DE LA CONVOCATORIA

Una vez finalizada la adjudicación de los apoyos de sostenimiento, el Subdirector de Centro publicará los resultados de los alumnos beneficiarios de Apoyos de Sostenimiento en las carteleras de información para los alumnos y en los medios de comunicación con que cuente el Centro.
5.2. SOLICITUD DE ACLARACIONES
Los alumnos presentarán sus solicitudes de aclaración respetuosamente por escrito de acuerdo a los plazos y fechas establecidas en el cronograma de la presente convocatoria.
El resultado de la revisión será suscrito por el Subdirector de centro respectivo y publicado en los medios de comunicación disponibles en el Centro.
5.3. CONSOLIDACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS
Una vez finalizada la adjudicación de los apoyos de sostenimiento, el Subdirector de Centro enviará a la Dirección de Formación Profesional en la Dirección General del SENA el resultado de los alumnos adjudicatarios de apoyos de sostenimiento para su consolidación.
CAPITULO 6
ENTREGA DE APOYOS DE SOSTENIMIENTO A LOS ALUMNOS SENA
6.1. ENTREGA DE LOS APOYOS DE SOSTENIMIENTO
Los alumnos contemplados en los resultados finales de la presente convocatoria recibirán las destinaciones específicas de los mismos de la siguiente forma:
1. Apoyo de Sostenimiento: Desembolsos mensuales en dinero equivalente al 30% del salario mínimo mensual legal vigente durante la etapa lectiva y el equivalente al 50% del salario mínimo mensual legal vigente durante la etapa práctica mientras sea beneficiario del apoyo de sostenimiento.
2. Póliza de seguro de accidentes. Póliza de seguro contra accidentes por un año, renovada anualmente o el equivalente al tiempo de duración del programa de formación y a partir de los resultados finales de la adjudicación de la presente Convocatoria hasta que termine su formación y mientras sea beneficiario del apoyo de sostenimiento de acuerdo a las causales del capítulo VII.
3. Elementos y vestuario de protección personal. Suministro de elementos y vestuario de protección personal acorde con los riesgos de la especialidad del programa de formación que este cursando, en las actividades que sea necesaria su utilización durante el tiempo de duración del programa y mientras sea beneficiario del apoyo de sostenimiento.
La Entrega de los Apoyos de Sostenimiento será distribuida a partir de enero de 2007 o la fecha que sea señalada por parte de la Dirección de Formación Profesional, Dirección General del SENA, en el calendario que se publicará oportunamente. En todo caso el Centro sólo podrá asignar hasta por el monto determinado por el Consejo Directivo Nacional.
CAPITULO 7
SEGUIMIENTO Y CONTROL A LOS BENEFICIARIOS

El responsable del seguimiento y control de los apoyos de sostenimiento en cada Centro de
Formación Profesional Integral, deberá mantenerse informado de las situaciones enunciadas en el artículo 11, del ACUERDO SENA 000005 de 2006 y con base en los reportes mensuales que entreguen los coordinadores académicos, las recomendaciones que efectúen los Comités de Evaluación y Seguimiento y los actos administrativos que al respecto suscriba el Subdirector del Centro, para solicitar la interrupción en forma inmediata del beneficio de Apoyo de Sostenimiento al alumno determinado.
En caso contrario, el Subdirector de Centro de Formación iniciará las investigaciones disciplinarias a las que haya lugar, si se presentan omisiones, adulteraciones, inexactitudes en la información o documentos o en la oportunidad de los mismos para conceder o suspender el apoyo de sostenimiento.
El Subdirector de Centro, será el responsable de comunicar a los alumnos la decisión de suspensión del Apoyo de Sostenimiento y gestionar la suspensión correspondiente.

¿Con que periodicidad se adjudicaran los apoyos de sostenimiento?
Se efectuara mínimo una vez al año, siempre y cuando se cuente con la disponibilidad de recursos.

¿Qué monto de dinero te será asignado en el apoyo de sostenimiento?
Durante la etapa lectiva un valor equivalente al 30% del salario mínimo mensual legal vigente y durante la etapa practica un equivalente al 50% del salario mínimo mensual legal vigente. Siempre y cuando cumplas con los requisitos exigidos y los criterios por los cuales fuiste seleccionado.

¿Qué requisitos debes cumplir para ser seleccionado como beneficiario del el apoyo de sostenimiento?
1. Estar Matriculado en un programa de formación profesional objeto de contrato de aprendizaje (Formación Titulada con duración total igual o mayor a 880 horas)
2. Estar clasificado en estratos socioeconómicos 1 o 2 (Esta información debe coincidir con la registrada en el sistema de gestión académica, del centro de formación a la que aportaste el día de tu matricula.)
3. Estar formulando su plan de negocio, idea que debe estar registrada en la unidad de emprendimiento y empresarismo de tu centro de formación.
4. No contar con contrato de aprendizaje, ni haberlo tenido en un programa de aprendizaje anterior.
5. Haber culminado el primer trimestre de formación con buen rendimiento académico.
6. No ser o haber sido sancionado con condicionamiento de matricula por faltas académicas o disciplinarias durante el trimestre inmediatamente anterior a la selección.
7. No tener ningún vínculo laboral.
8. No ser beneficiario del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción FIC.
9. No haber sido beneficiario de apoyos de sostenimiento por parte del SENA en otro programa.
10. Haber presentado su solicitud, en el formato establecido y en las fechas publicadas en cada Centro de Formación.

¿Cuáles son las causales de suspensión o cancelación de apoyos de sostenimiento?
Causales de Suspensión:

1. Cuando solicite aplazamiento o interrupción de su formación, por un periodo hasta de tres meses, debidamente aprobados por el subdirector.
2. Cuando solicite traslado de una especialidad a otra, por una única vez. Este traslado debe estar aceptado y registrado en el sistema de información.
3. Cuando a la finalización de tu etapa lectiva, te demores entre 5 y 30 días hábiles, sin iniciar etapa practica.

Causales de Cancelación

1. Cuando te retires del programa de formación en el cual te inscribiste.
2. Cuando solicites aplazamiento o interrupción de programa por un término superior a tres meses.
3. Cuando trascurra un mes y sigas sin iniciar etapa lectiva.
4. Cuando seas sancionado con condicionamiento de la matricula y este conste en académico suscrito por el Coordinador Académico.
5. Cuando seas sancionado con cancelación de matrícula y conste el acto académico suscrito por el sub director de centro.
6. Cuando suscribas contrato de aprendizaje.
7. Cuando suscribas contrato de trabajo o prestación de servicios.
8. Cuando renuncies voluntariamente al apoyo de sostenimiento.
9. Cuando se compruebe inexactitud en la información que dio origen al beneficio.
10. Cuando se compruebe con las unidades de emprendimiento o en el seguimiento, que se está incumpliendo el desarrollo del plan de negocios.

¿Cómo puedo acceder a los Apoyos de Sostenimiento?
Primero: Cumpliendo con los requisitos del Artículo 9º, del Acuerdo
000005 de 2006 que son:
Estar matriculado en uno (1) de los programas de formación profesional objeto de Contrato de Aprendizaje (Formación Titulada con duración total igual o mayor a 880 horas).
Estar clasificado en estratos socioeconómicos 1 o 2. (Esta información debe estar registrada en el Sistema de Gestión Académica o el que haga sus veces, desde el momento de la inscripción del aspirante al programa de formación).
Estar formulando su plan de negocio según verificación realizada con las
Unidades de Emprendimiento y Empresarismo de cada Centro de Formación.
No contar con contrato de aprendizaje, ni haberlo tenido en un programa de formación anterior.
Haber culminado el primer trimestre de formación con buen rendimiento académico.
No ser o haber sido sancionado con condicionamiento de matrícula por faltas académicas o disciplinarias durante el trimestre inmediatamente anterior a la selección.
No tener ningún vínculo laboral.
No ser beneficiario del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción FIC.
No haber sido beneficiario de apoyos de sostenimiento por parte del SENA en otro programa de formación.
Haber presentado su solicitud en el formato establecido y a las fechas publicadas en cada Centro de Formación. (El formato se ubicará en la página Web del SENA en la dirección destinada a los alumnos: portal SENA /alumnos
SENA/Dirección de Formación Profesional o la que la Dirección General defina para tal efecto) y también será suministrado a los alumnos en cada Centro de Formación por el funcionario responsable del Programa de Bienestar al Alumnado o el designado por el Subdirector de Centro para la administración del programa de Bienestar a los alumnos.
Segundo. Inscribiéndose en las fechas estipuladas en cada convocatoria y si resulta seleccionado puede ser beneficiario de apoyos.
Generalmente se realiza una convocatoria anual y si hay disponibilidad de recursos puede abrirse una segunda convocatoria, la cual se informa de su apertura con un mes de antelación a los Centros de formación y se publica en página www.sena.edu.co en el link de Bienestar a aprendices.

¿Qué me ofrece el Apoyos de Sostenimiento?
Desembolsos mensuales correspondientes al 30% del salario mínimo legal mensual vigente durante el tiempo en que este en etapa lectiva
Y del 50% del SMLMV durante la etapa productiva.
Póliza de seguro contra accidentes, póliza vigente No. 999200020 de
Seguros Colpatria S.A.
Elementos de protección personal en los ambientes de aprendizaje donde la especialidad así lo requiera.

¿Cómo recibo los desembolsos?
Para aquellos aprendices de Convocatorias 1 y 2 a través de giros a las cuentas de ahorros creadas por el Banco Popular en donde a través del uso de tarjeta debito visa electrón se retiran los recursos sin ningún costo desde cualquier cajero ATH.
Para aprendices que se beneficien de la Convocatoria No. 3-2008 en adelante, a través de la creación de cuentas en el Banco Popular exoneradas de cuota de manejo por el convenio que se tiene con ICETEX.
Para Aprendices que están en lugares donde no se cuenta con cajeros automáticos, el giro se realiza a la cuenta del Banco Agrario creada por cada aprendiz.

¿A cuántos pagos tengo derecho al ser beneficiario de apoyos de sostenimiento?
Al ser beneficiario de Apoyos de Sostenimiento tendrá derecho a recibir los desembolsos mensuales durante el tiempo que le falte de su programa de formación, es decir, incluye, etapa lectiva y etapa productiva.
Ejemplo: Si usted está adelantando un programa de formación titulada de 2 años, es decir, 24 meses y resulta beneficiario para Apoyos de
Sostenimiento cuando ya había cursado 6 meses de lectiva, el pago a recibir será los 12 meses que le falten de lectiva y los 6 meses de productiva, siempre y cuando cumpla con las condiciones del Acuerdo

¿Desde qué momento empiezo a recibir los pagos?
Los pagos se inician a partir de la fecha de adjudicación de los apoyos estipulada en cada Cronograma de la Convocatoria. Que aproximadamente es un mes después de haber cumplido con la inscripción a estos apoyos y si resulta beneficiario.

¿Dónde puedo consultar el saldo de mi cuenta y los movimientos?
Para aquellos aprendices de Convocatorias 1 y 2 que utilizan tarjeta Electrón, a través del link
http://www.visa.com.co/modulos/TarjetaHabientes/visapagos/login.aspx
Para los aprendices de Convocatorias futuras en la página del Banco Popular, link que suministraremos oportunamente.

¿Qué debo hacer cuando pierdo la tarjeta Electrón?
La tarjeta Visa Electrón utilizada por los beneficiarios de las convocatorias 1 y 2, al ser extraviada o hurtada debe ser solicitada su reexpedición en la línea gratuita 01 8000919160 y ella será enviada a la persona que se destino como custodio para recibirlas en cada Centro y ella se la entregará al aprendiz beneficiario.
En este caso se debe estar muy atento que si esto ocurre los custodios sean los mismos o se actualice la información para que la tarjeta pueda ser entregada por la empresa transportadora de valores a dichos custodios.

¿Qué revisión debo solicitar cuando no se me ha cancelado ningún pago?
Verificar que haya sido seleccionado como beneficiario de apoyos de sostenimiento en dicha convocatoria.
Verificar con el responsable de Apoyos de Sostenimiento en el Centro, si la tarjeta que le entregaron esta activada en el sistema de administración de Apoyos de ICETEX.
Verificar la información aprobada por el Centro de Formación en el
Sistema de Administración de Apoyos, relacionada con duración del programa, fecha de inicio productiva, fecha fin del programa.

¿Puedo acceder a otra convocatoria cuando he sido beneficiario de las anteriores?
No es posible inscribirse ya que entre los requisitos se encuentra no haber sido beneficiario de apoyos de sostenimiento en convocatorias anteriores.

¿En caso de obtener contrato de aprendizaje en una empresa puedo continuar con el Apoyo de Sostenimiento?
No. No es posible continuar con el apoyo, en razón a que ya lo estaría recibiendo a través de un patrocinio. Además, es causal de cancelación del beneficio el tener contrato de aprendizaje.

¿Si soy beneficiario de apoyos de sostenimiento y se me presenta la posibilidad de un contrato de aprendizaje, debo descartar la opción del patrocinio por estar recibiendo apoyo de sostenimiento?
No se debe descartar la opción del patrocinio, en razón a que con el contrato de aprendizaje se tiene mayor valor en la mensualidad, es decir, 50% en etapa lectiva y 75% en etapa productiva. Simplemente, solicita ser retirado de apoyos de sostenimiento, es decir, se le debe cancelar el apoyo.
Sin embargo, si el aprendiz desea no tener contrato de aprendizaje sino dedicarse más a su plan de negocio puede continuar en el apoyo de sostenimiento.

¿A quién debo solicitar mi interés de recibir apoyo de sostenimiento?
Estas solicitudes deben ser presentadas o informadas en Bienestar al aprendiz con el responsable de Apoyos de Sostenimiento en el Centro.

¿Es cierto que necesito tener una empresa constituida para recibir el apoyo de sostenimiento?
No, no es cierto. El requisito para poder ser seleccionado como beneficiario entre otros es tener inscrita su idea de negocio en las unidades de emprendimiento.

¿Cuántos aprendices SENA se han beneficiado con la adjudicación del apoyo de sostenimiento en las convocatorias realizadas?
En las dos convocatorias que se han desarrollado en el año 2006, 2007 se han beneficiado a 5.941 aprendices a nivel nacional.

Testimonios de aprendices beneficiados con apoyos de sostenimiento en el año 2006 y
2007.

REGIONAL CAUCA
Aprendiz: ORLANDO TOBAR MOLANO
Programa de formación: Técnico en Ebanistería Centro Industrial
SENA Centro Industrial y Agropecuario
Para muchos de nosotros ha sido de gran ayuda ya que gracias a ello nosotros podemos pagar un pasaje de ida y venida, de la casa al SENA, e incluso de allí podemos utilizar algo para el almuerzo.
Gracias a él nos estamos preparando para formarnos muchos de nosotros para el día de mañana, como buenos trabajadores y pensando en formar nuestra propia microempresa.

REGIONAL ATLANTICO
Aprendiz: PEDRO LUIS CHACUTO MANOTAS
Programa de formación: Técnico Profesional En Procesamiento de Alimentos
Centro de Atención al Sector Agropecuario
Para mí el apoyo de sostenimiento ofrece la posibilidad de solventar en gran parte los gastos que nosotros los aprendices hacemos como el transporte, Refrigerio, uniforme, etc.
Me ha representado demasiado ya que con la ausencia de este apoyo no hubiese seguido estudiando

REGIONAL BOYACA
Aprendiz: EDWIN FERNEY DIAZ MENDOZA
Programa de formación: Construcciones Soldadas.
Centro Industrial de Mantenimiento y Manufactura del SENA
Mi opinión es que se trata de un buen programa, que nos beneficio porque con dicho apoyo nos permitió sufragar gastos necesarios para poder asistir a nuestro proceso de formación y evitar que por dificultades económicas hubiéramos tenido que retirarnos del programa.
En mi proceso formativo me ha contribuido porque me ha motivado a seguir siendo un buen estudiante, tener liderazgo y fundamentar buenas bases para llegar a ser un buen empresario.

REGIONAL BOYACA
Aprendiz: ALEXANDER CARDENAS
Programa de formación: Construcciones Soldadas.
Centro Industrial de Mantenimiento y Manufactura del SENA
Es un excelente programa, que contribuyó a mi sostenimiento en la etapa lectiva, me motivo a formular un Plan de Negocio.
Ha contribuido de manera significativa en mi proceso formativo porque me motiva a ser un persona líder, tener visión empresarial, proyectarme a lo que deseo hacer una vez termine mi formación.

REGIONAL CESAR
Aprendiz: LIDIS FUENTES NAVARRO
Programa de formación: Biotecnología Reproductiva Bovina
Centro Agroempresarial
Es un beneficio muy bueno porque gracias a ello hay muchos estudiantes que pueden suplir sus necesidades.
Ha sido de gran ayuda durante el proceso porque me ha facilitado el transporte, fotocopias, ropa y para mis gastos personales.

REGIONAL CESAR
Aprendiz: JOSE LUIS BADILLO
Programa de formación: Biotecnología Reproductiva Bovina
Centro Agroempresarial
Bueno, excelente, porque a mí me ha favorecido mucho, compre bloques para ayudarme con la vivienda.
Me ha ayudado mucho para el transporte al Sena, compre zapatos y útiles necesarios, ropa que no tenía. Ha sido de mucho beneficio para mí y para mis estudios.

REGIONAL CESAR
Aprendiz: MARVIN ARENAS QUINTERO
Programa de formación: Tecnólogo en Biotecnología Bovina
Centro Biotecnológico del Caribe
Es bueno cuando no se tiene patrocinio es una gran ayuda para los aprendices de bajos recursos.
A mí me ha permitido permanecer aquí de lo contrario me hubiera retirado.

REGIONAL CESAR
Aprendiz: RENSO JAIMES SANDOVAL
Programa de formación: Tecnólogo en Biotecnología Bovina
Centro Biotecnológico del Caribe
Es una gran ayuda para facilitar el apoyo del proceso por que se necesita dinero para fotocopias, internet fuera del centro y para suplir necesidades como material de higiene y para comprar las valeras o meriendas.

REGIONAL GUAVIARE
Aprendiz: NATALIA ACEVEDO
Programa de formación: Técnico Profesional en Administración y organización de programas recreativos y turísticos.
Centro de desarrollo agroindustrial turístico y tecnológico del Guaviare
Con el dinero del apoyo de sostenimiento a parte de ayudarme en los gatos que se presentan en el desarrollo de la etapa productiva (transporte, impresiones, publicidad, elementos de papelería, entre otros), también ha contribuido en mi mejoramiento en cuanto a bienestar personal se trata, ya que he comprado ropa, calzado, elementos de higiene y salud, además colaboro con algún inconveniente de dinero que se presente en mi hogar.

REGIONAL CALDAS
Aprendiz: CLAUDIA MARCELA BERNAL GIRALDO
Programa de formación: Tecnología en Administración Empresarial
Centro Pecuario y agroempresarial La Dorada
Ha sido para mí un gran beneficio ya que me ha aportado económicamente para mi sustento personal y como aprendiz, dándome la oportunidad así de terminar mis estudios en la
Tecnología en Administración Empresarial, no solo a mi sino brindándole la oportunidad a muchos otros aprendices que al igual que yo no contamos con un nivel económico suficiente para alcanzar nuestros proyectos de vida.
Además nos ofrece la oportunidad de realizar un proyecto el cual en un futuro podría ser financiado por el fondo emprender.
Gracias al beneficio del Apoyo de Sostenimiento, podré culminar con todas mis metas y propósitos proyectados para el mejoramiento de una mejor calidad de vida en un futuro.

Para tener más información del tema de Apoyo a sostenimiento debe ingresar al siguiente link
http://www.sena.edu.co/Portal/Dirección+General/Dirección+de+Formación+Profesional/Bienestar+de+los+Aprendices/Apoyos+de+Sostenimiento/
O dirigirse al Centro de Formación de su ciudad.

IDENTIFICACIÓN DE ENTIDADES QUE APOYAN EL EMPRENDIMIENTO EMPRESARIAL

LABERINTO IDENTIFICACION DE ENTIDADES
DE APOYO EMPRESARIAL LOCAL



SENA (Servicio Nacional de Aprendizaje)

La herramienta que ofrece el SENA para el emprendimiento de empresas es el FONDO EMPRENDER un fondo creado por el gobierno nacional para financiar proyectos empresariales provenientes de aprendices, practicantes universitarios (que se encuentren en el último año de carrera profesional) o profesionales que no superen dos años de haber recibido su primer título profesional.

FNG (Fondo Nacional de Garantías S.A.)

El Fondo Nacional de Garantías S.A. es la entidad a través de la cual el gobierno nacional busca facilitar el acceso al crédito para las micro, pequeñas y medianas empresas, mediante el otorgamiento de garantías.
Adicionalmente, el FNG respalda préstamos destinados a financiar la adquisición de viviendas de interés social y el pago de matrículas en instituciones de educación superior. El FNG no garantiza créditos destinados al sector agropecuario, por cuanto para éstos existe el respaldo del Fondo Agropecuario de Garantías, administrado por Finagro.
Para acceder a la garantía del FNG, la empresa o persona interesada debe acudir al intermediario financiero ante el cual vaya a solicitar el crédito, donde se le brindará la información requerida y se atenderán todos los trámites relacionados con la garantía. Para información adicional, puede acudir al FNG o a los Fondos Regionales de Garantías.
Según la Ley 905 de agosto 2 de 2005, las empresas en Colombia se clasifican por su tamaño en activos totales así:

Micro:
Empresas con activos totales hasta 500 Salarios mínimos mensuales legales vigentes, que corresponden aproximadamente a $230 millones para el año 2008

Pequeña:
Empresas con activos totales superiores a 500 y hasta 5.000 Salarios mínimos mensuales legales vigentes, que corresponden a activos entre $230 y 2.307 millones para el año 2008

Mediana:
Empresas con activos totales superiores a 5.000 y hasta 30.000 Salarios mínimos mensuales legales vigentes, que corresponden a activos entre 2.307 y 13.845 millones para el año 2008.


BANCOLDEX (Banco de comercio exterior de Colombia S.A)

Es un establecimiento de crédito bancario que opera como un "banco de segundo piso", cuyo objeto principal es el de financiar las necesidades de capital de trabajo y activos fijos de proyectos o empresas viables de todos los tamaños y todos los sectores de la economía colombiana a excepción del agropecuario.

Para el desarrollo de tal objeto la Ley 7ª de 1991 le asignó al Banco, entre otras, las siguientes funciones generales:

a. La celebración de todos los actos y contratos autorizados a los establecimientos bancarios, entre los cuales se encuentran la captación de recursos del público y la realización de operaciones de crédito, inclusive para financiar a los compradores de exportaciones colombianas.
b. El descuento de créditos otorgados por otras instituciones financieras, o la compra de cartera de las mismas, antes que hacer créditos directos.
c. El otorgamiento de avales y garantías.
d. El apoyo al sistema del seguro de crédito a la exportación.


COLCIENCIAS (Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología)

Colciencias es un establecimiento público del orden nacional, adscrito al Departamento Nacional de Planeación, DNP, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.

Su acción se dirige a crear condiciones favorables para la generación de conocimiento científico y tecnológico nacionales; a estimular la capacidad innovadora del sector productivo; a contar con las capacidades para usar, generar, apropiar y adquirir conocimiento; a fortalecer los servicios de apoyo a la investigación científica, al desarrollo tecnológico y a la innovación ; a facilitar la apropiación pública del conocimiento; a consolidar el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología y de Innovación, en general, a incentivar la creatividad, para el mejoramiento de la calidad de vida de los colombianos.

CORPORACIÓN MUNDIAL DE LA MUJER

La Corporación Mundial de la Mujer ha evolucionado de la oferta de microcrédito, como única solución financiera a la pobreza, a una implementación más personalizada de sus proyectos, donde el conocimiento del cliente/beneficiario se hace mayor, y más tangible, por la misma naturaleza de la actividad.
Lo anterior implica un apoyo equilibrado entre capital, formación integral, capacitación, acompañamiento y seguimiento a microempresarios, hasta el punto en el que el beneficiario, no solo crezca como persona y como empresario.
Servicios: Fondo capital de riesgo, acompañamiento en gestión a microempresarios, monitoreo proyectos portafolio, talleres desarrollo integral mujer empresaria, apoyo a la empresa privada en responsabilidad social.

BAVARIA RED DE EMPRENDEDORES

DESTAPA FUTURO: Es un programa de inversión social de Bavaria que se enfoca en la creación y fortalecimiento de pequeñas y medianas empresas sostenibles, con capacidad de crecer y contribuir al desarrollo económico de las comunidades donde se encuentra.
Este programa capacita anualmente, en el campo empresarial, a un número significativo de emprendedores de diferentes regiones del país, para desarrollar sus ideas de negocio o fortalecer las pequeñas empresas. Posteriormente selecciona unas de ellas e invierte un capital semilla, no reembolsable, con el cuál ponen en marcha sus negocios, generando empresas autosostenibles de todos los sectores de la economía. Así mismo, se les hace un acompañamiento y seguimiento por un año, con el cuál se asegura el óptimo desempeño de los negocios y la generación de empleos formales.
Requisitos:
Ser adulto con cedula de ciudadanía
Ser bachiller
Ser líder del proyecto o gerente de la empresa
No estar empleado actualmente
Para acceder a este programa hay que inscribirse en la siguiente página
http://www.redemprendedoresbavaria.net/mod/o2ostaticpages/?context=destapafuturo


FUNDACIÓN CORONA

La Fundación Corona es una fundación privada, sin ánimo de lucro, que apoya y financia iniciativas orientadas a fortalecerla capacidad institucional del país en cuatro sectores sociales estratégicos. Educación, Salud, Desarrollo empresarial, Desarrollo local y comunitario.
Creada en 1963 por la familia Echavarría Olózaga, destacados empresarios colombianos que han estado ligado al desarrollo industrial del país a través de la creación y operación de CORONA, organización empresarial dedicada principalmente a la manufactura y comercialización de productos cerámicos.

De esta manera, la fundación corona representa el compromiso social de una familia y entiende su labor como la de apoyar programas y proyectos innovadores y de impacto, que contribuyan a mejorar las condiciones de equidad y pobreza en Colombia.
Criterios orientadores:
Foco: concentra sus recursos en el foco programático.
Impacto: Selecciona intervenciones con mayor probabilidad de ser efectivas, replicables y de generar un impacto duradero y sistemático.
Innovación: Promueve la innovación apoyando iniciativas que desarrollen nuevos conocimientos, enfoques o formas de solución a problemas.
Participación: Participa activamente en la identificación, diseño, implementación, seguimiento y evaluación de proyectos.
Cooperación: Trabaja en alianza con otras instituciones nacionales e internacionales.
Cofinanciación: Privilegia la cofinanciación de proyectos.
No ejecución: Prefiere la ejecución delegada en sus intervenciones.
Autosuficiencia: Cuenta con una estrategia que fomenta la autosostenibilidad de los proyectos y las alianzas.
En este cuadro se muestra la inversión social del año 2008.

FUNDACIÓN MARIO SANTO DOMINGO

La fundación Mario Santo Domingo fue creada el 20 de abril de 1960 por el señor Mario Santo Domingo en la ciudad de Barranquilla.
Es una entidad privada sin ánimo de lucro dedicada a desarrollar programas especiales a favor de los sectores populares de la población colombiana.
Durante los primeros años, la fundación tuvo como objeto promover, apoyar y financiar las actividades culturales, educativas y de beneficencia participando en la creación de proyectos tales como la Escuela Técnica Colombo Alemana, el instituto experimental del Atlántico y la Universidad del Norte en la ciudad de Barranquilla.
Hoy cuenta con oficinas en Cartagena, Barranquilla y Bogotá D.C., desde las cuales adelanta acciones para todo el país a través de programas de apoyo a la microempresa y de desarrollo social.

TECNOPARQUE COLOMBIA

Es una red liderada por el SENA para la promoción del talento, con compromiso hacia el desarrollo tecnológico, la innovación y el emprendimiento en Colombia.
Ofrece sin ningún costo, las herramientas, la asesoría, la infraestructura y los expertos necesarios en un ambiente acelerador y de apropiación tecnológica, para el desarrollo de nuevas iniciativas de servicios y productos, que se puedan consolidar en empresas o nuevas líneas de negocios, fortaleciendo la competitividad y productividad del país.

MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO

Sistema Nacional de Apoyo y promoción de la Mipyme: Este sistema asegura la adopción y ejecución de las políticas públicas de fomento a las micro, pequeñas y medianas empresas con el propósito de generar empleo y crecimiento económico sostenido.

El sistema lo conforman actores públicos financieros, actores privados financieros, actores públicos no financieros y actores privados no financieros, los instrumentos y programas de apoyo, las normas y procedimientos y los recursos de apoyo: Entidades Privadas Financieras, Bancos Comprometidos ( Bancolombia, Megabanco, Caja Social, Popular, Bogotá), ONG’s Financieras en todo el país. (Banco de la Mujer, Actuar, Fundaciones) Cooperativas, Cajas de Compensación, Entidades Privadas no Financieras, Gremios: Acopi, Fenalco, Gremios Sectoriales, 180 ONGs de apoyo a la microempresa. Fundación Carvajal, Compartir, Microempresas de Antioquia, Centros de Investigación y ONGs de apoyo a la PYME, Cámaras de Comercio, Centros de Desarrollo Empresarial, Universidades, Entidades del Sector Solidario, Entidades Públicas Financieras, IFI, BANCOLDEX, FINAGRO, Entidades financieras, fiduciarias y de leasing (Fiduifi, Fiducoldex, Finamerica e Ifileasing), Garantías: FNG, FAG, Entidades Públicas No Financieras, Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Red de Centros de Desarrollo Tecnológico. SENA, Proexport, Colciencias.

Justificación de la Política
La política de apoyo del Gobierno Nacional para las micro, pequeñas y medianas empresas se hizo con el objetivo de crear un sinergia institucional, de recursos, normas y procedimientos que permitirá fortalecer, desarrollar y articular el sector Mipyme, en los próximos cuatro (4) años Esta política se encuentra justificada por:
Contribución de las Mipymes a la generación de riqueza, empleo, crecimiento económico, bienestar y mejora en la distribución del ingreso.
El papel del Estado en la corrección de las fallas de mercado que se manifiestan en contra de los agentes económicos más desprotegidos.
Empleo generado por tamaño empresarial.

BOGOTA EMPRENDE

La Alcaldía Mayor de Bogotá y la Cámara de Comercio de Bogotá, crean el Centro de emprendimiento: Bogotá emprende, con el fin de generar una cultura de emprendimiento y de ayudar a emprendedores y empresarios en el camino de la creación, crecimiento y consolidación de sus negocios. Para ello cuenta con una oferta de servicios integrales que brinda el acceso a publicaciones de calidad, la programación de actividades y asesoría de expertos, que le permitirá al emprendedor coordinar por si mismo todo su itinerario para superar sus problemáticas y satisfacer sus necesidades.

Objetivos:
Ampliar el número y la calidad de las empresas que se crean en Bogotá y la región.
Minimizar el número de empresas que están en riesgo de liquidarse.
Ofrecer servicios empresariales para reducir la actividad económica informal.
Fortalecer los servicios para mejorar la gestión y productividad de las empresas.
Ampliar oportunidades de negocios en los mercados nacionales e internacionales para que las empresas se consoliden.
Contribuir a la generación de empleo.







LOS DEBERES CONSAGRADOS EN LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE COLOMBIA

INTRODUCCIÓN

1. CONCEPTOS
1.1 Constitución política
1.2 Deberes

2. ESTRUCTURA GENERAL DE CONSTITUCION POLITICA DE
COLOMBIA

3. CAPITULO 5: DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES

CONCLUSIÓN

BIBLIOGRAFIA

INTRODUCCION

Con la constitución política de Colombia el primer deber jurídico de todos los nacionales y extranjeros, es vivir sometido a ella y a las leyes establecidas, respetar y obedecer autoridades. También seguir los textos constitucionales con el respaldo de las autoridades de la república que se hallan instituidas para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del estado y los particulares.

El propósito de este trabajo es dar a conocer los deberes y obligaciones en la constitución política de Colombia que están estipuladas en el titulo 2: De los derechos, las garantías y los deberes, capitulo 5: De los deberes y obligaciones, articulo 95.

También es importante dar a conocer los conceptos de constitución, deberes y a la vez mostrar la estructura general de nuestra constitución para tener un mejor entendimiento de estos deberes.


1. CONCEPTOS

1.1 Constitución política: Es el conjunto de las normas consuetudinarias o escritas que en un estado regulan la forma y organización del poder público, los derechos de los asociados y la manera como se concilian la autoridad y la libertad.
Se da el nombre de constitución escrita al documento jurídico en el cuál se formulan solemnemente las normas reguladoras del poder del estado y de la garantía de los derechos humanos frente a la autoridad estatal, de forma que un texto escrito aparecen consignados tanto la estructura y competencia de los más elevados órganos estatales como el reconocimiento de las prerrogativas básicas de los asociados.
Según la doctrina una constitución debe tener:
1. La demarcación del territorio
2. Los derechos de la personalidad
3. La organización del poder público
4. El procedimiento para la reforma institucional
5. Las disposiciones fundamentales sobre determinado interés de orden social y económico.

1.2 DEBER: Obligación impuesta a una persona o institución por la moral o el derecho. Este concepto nos habla de un deber moral y un deber jurídico definiéndolo así:

DEBER MORAL: Es la necesidad previamente conocida por el entendimiento humano de ejercitar ciertas acciones o de evitar otras. En cumplimiento de este deber, el hombre obra para conseguir un bien necesario o para eludir lo que deteriora o turba el orden de la naturaleza.

DEBER JURÍDICO: Es la obligación pública o privada que se impone directamente por la ley positiva o por los actos y hechos que esta contempla como idóneos para generarla. El deber jurídico es personal o social, según incumba a la persona o a la sociedad toda.
2. ESTRUCTURA GENERAL DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA.

TITULO 1: DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES. Arts. 1 a 10

TITULO 2: DE LOS DERECHOS, LAS GARANTÍAS Y LOS DEBERES
· Capitulo 1: De los derechos fundamentales. Arts.11 a 41
· Capitulo 2: De los derechos sociales, económicos y culturales. Arts. 42 a 77
· Capitulo 3: De los derechos colectivos y del ambiente. Arts. 78 a 82
· Capitulo 4: De la protección y aplicación de los derechos. Arts. 83 a 94
· Capitulo 5: De los deberes y obligaciones. Art 95

TITULO 3: DE LOS HABITANTES Y EL TERRITORIO
· Capitulo 1: De la nacionalidad. Arts. 96 a 97
· Capitulo 2: De la ciudadanía. Arts. 98 a 99
· Capitulo 3: De los extranjeros. Art. 100
· Capitulo 4: Del territorio. Arts. 101 a 102

TITULO 4: DE LA PARTICIPACIÓN DEMOCRATICA Y DE LOS PARTIDOS POLITICOS
· Capitulo 1: De las formas de participación democrática. Arts. 103 a 106
· Capitulo 2: De los partidos de los movimientos políticos. Arts. 107 a 111
· Capitulo 3: Del estatuto de la oposición. Art. 112

TITULO 5: DE LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO
· Capitulo 1: De la estructura del estado. Arts. 113 a 121
· Capitulo 2: De la función pública. Arts. 122 a 131

TITULO 6: DE LA RAMA LEGISLATIVA
· Capitulo 1: De la composición y las funciones. Arts. 132 a 137
· Capitulo 2: De la reunión y el funcionamiento. Arts. 138 a 149
· Capitulo 3: De las leyes. Arts. 150 a 170
· Capitulo 4: Del senado. Arts. 171 a 175
· Capitulo 5: De la cámara de representantes. Arts. 176 a 178
· Capitulo 6: De los congresistas. Arts. 179 a 187

TITULO 7: DE LA RAMA EJECUTIVA
· Capitulo 1: Del presidente de la república. Arts. 188 a 199
· Capitulo 2: Del gobierno. Arts. 200 a 201
· Capitulo 3: Del vicepresidente. Arts. 202 a 205
· Capitulo 4: De los ministros y directores de los departamentos administrativos. Arts. 206 a 208
· Capitulo 5: De la función administrativa. Arts. 209 a 211
· Capitulo 6: De los estados de excepción. Arts. 212 a 215
· Capitulo 7: De la fuerza pública. Arts. 216 a 223
· Capitulo 8: De las relaciones internacionales. Arts. 224 a 227

TITULO 8: DE LA RAMA JUDICIAL
· Capitulo 1: De las disposiciones generales. Arts. 228 a 233
· Capitulo 2: De la jurisdicción ordinaria. Arts. 234 a 235
· Capitulo 3: De la Jurisdicción contenciosa administrativa. Arts. 236 a 238
· Capitulo 4: De la jurisdicción constitucional. Arts. 239 a 245
· Capitulo 5: De las jurisdicciones especiales. Arts. 246 a 248
· Capitulo 6: De la fiscalía general de la nación. Arts. 2249 a 253
· Capitulo 7: Del consejo superior de la judicatura. Arts. 254 a 257

TITULO 9: DE LAS ORGANIZACIONES Y LA ORGANIZACIÓN ELECTORAL
· Capitulo 1: Del sufragio y de las elecciones. Arts. 258 a 263
· Capitulo 2: De las autoridades electorales. Arts. 264 a 266

TITULO 10: DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL
· Capitulo 1: De la contraloría general de la república. Arts. 267 a 274
· Capitulo 2: Del ministerio público. Arts. 275 a 284

TITULO 11: DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
· Capitulo 1: De las disposiciones generales. Arts. 285 a 296
· Capitulo 2: Del régimen departamental. Arts. 297 a 310
· Capitulo 3: Del régimen municipal. Arts. 311 a 321
· Capitulo 4: Del régimen especial. Arts. 322 a 331

TITULO 12: DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y LA HACIENDA PÚBLICA
· Capitulo 1: De las disposiciones generales. Arts. 332 a 338
· Capitulo 2: De los planes de desarrollo. Arts. 339 a 344
· Capitulo 3: Del presupuesto. Arts. 345 a 355
· Capitulo 4: De la distribución de recursos y de las competencias. Arts. 356 a 364
· Capitulo 5: De la finalidad social del estado y de los servicios públicos. Arts. 365 a 370
· Capitulo 6: De la banca central. Arts. 371 a 373

TITULO 13: DE LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN. Arts. 374 a 380

3. CAPITULO 5: DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES

PREAMBULO
EL PUEBLO DE COLOMBIA

En ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la asamblea nacional constituyente, invocando la protección de Dios y con el fin de fortalecer la unidad de la nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana decreta, sanciona y promulga lo siguiente:

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

CAPITULO V: DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES
ARTÍCULO 95: La calidad del colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecer y dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertados reconocidos en esta constitución implica responsabilidades.
Toda persona está obligada a cumplir la constitución y las leyes.
Son deberes de la persona y el ciudadano:
1. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.
2. Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.
3. Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad nacionales.
4. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica.
5. Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país.
6. Propender al logro y mantenimiento de la paz.
7. Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia.
8. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano.
9. Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del estado dentro de conceptos de justicia y equidad.
CONCLUSION

Si al ciudadano el constituyente le reconoce derechos, igualmente los ciudadanos tienen obligaciones. Derecho y deber se interactúan dinámicamente dentro de las obligaciones, se resaltan algunos deberes macro como son: El respeto a los derechos ajenos, la solidaridad social, las acciones humanitarias, el respeto a las autoridades democráticas y legítimas, la defensa de los derechos humanos, la participación en todos los órdenes, el mantenimiento de la paz, la colaboración en el funcionamiento de la administración de justicia, la protección de recursos culturales y naturales, el deber de contribuir. La norma es valiosa por el carácter pedagógico que ella infunde.

BIBLIOGRAFIA
· MADRID-MALO MARIO – Diccionario jurídico colombiano – LEGIS Fondo editorial
· PEREZ VILLA JORGE – Constitución política de Colombia – Editorial LEYER