domingo, 10 de mayo de 2009

LOS DEBERES CONSAGRADOS EN LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE COLOMBIA

INTRODUCCIÓN

1. CONCEPTOS
1.1 Constitución política
1.2 Deberes

2. ESTRUCTURA GENERAL DE CONSTITUCION POLITICA DE
COLOMBIA

3. CAPITULO 5: DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES

CONCLUSIÓN

BIBLIOGRAFIA

INTRODUCCION

Con la constitución política de Colombia el primer deber jurídico de todos los nacionales y extranjeros, es vivir sometido a ella y a las leyes establecidas, respetar y obedecer autoridades. También seguir los textos constitucionales con el respaldo de las autoridades de la república que se hallan instituidas para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del estado y los particulares.

El propósito de este trabajo es dar a conocer los deberes y obligaciones en la constitución política de Colombia que están estipuladas en el titulo 2: De los derechos, las garantías y los deberes, capitulo 5: De los deberes y obligaciones, articulo 95.

También es importante dar a conocer los conceptos de constitución, deberes y a la vez mostrar la estructura general de nuestra constitución para tener un mejor entendimiento de estos deberes.


1. CONCEPTOS

1.1 Constitución política: Es el conjunto de las normas consuetudinarias o escritas que en un estado regulan la forma y organización del poder público, los derechos de los asociados y la manera como se concilian la autoridad y la libertad.
Se da el nombre de constitución escrita al documento jurídico en el cuál se formulan solemnemente las normas reguladoras del poder del estado y de la garantía de los derechos humanos frente a la autoridad estatal, de forma que un texto escrito aparecen consignados tanto la estructura y competencia de los más elevados órganos estatales como el reconocimiento de las prerrogativas básicas de los asociados.
Según la doctrina una constitución debe tener:
1. La demarcación del territorio
2. Los derechos de la personalidad
3. La organización del poder público
4. El procedimiento para la reforma institucional
5. Las disposiciones fundamentales sobre determinado interés de orden social y económico.

1.2 DEBER: Obligación impuesta a una persona o institución por la moral o el derecho. Este concepto nos habla de un deber moral y un deber jurídico definiéndolo así:

DEBER MORAL: Es la necesidad previamente conocida por el entendimiento humano de ejercitar ciertas acciones o de evitar otras. En cumplimiento de este deber, el hombre obra para conseguir un bien necesario o para eludir lo que deteriora o turba el orden de la naturaleza.

DEBER JURÍDICO: Es la obligación pública o privada que se impone directamente por la ley positiva o por los actos y hechos que esta contempla como idóneos para generarla. El deber jurídico es personal o social, según incumba a la persona o a la sociedad toda.
2. ESTRUCTURA GENERAL DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA.

TITULO 1: DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES. Arts. 1 a 10

TITULO 2: DE LOS DERECHOS, LAS GARANTÍAS Y LOS DEBERES
· Capitulo 1: De los derechos fundamentales. Arts.11 a 41
· Capitulo 2: De los derechos sociales, económicos y culturales. Arts. 42 a 77
· Capitulo 3: De los derechos colectivos y del ambiente. Arts. 78 a 82
· Capitulo 4: De la protección y aplicación de los derechos. Arts. 83 a 94
· Capitulo 5: De los deberes y obligaciones. Art 95

TITULO 3: DE LOS HABITANTES Y EL TERRITORIO
· Capitulo 1: De la nacionalidad. Arts. 96 a 97
· Capitulo 2: De la ciudadanía. Arts. 98 a 99
· Capitulo 3: De los extranjeros. Art. 100
· Capitulo 4: Del territorio. Arts. 101 a 102

TITULO 4: DE LA PARTICIPACIÓN DEMOCRATICA Y DE LOS PARTIDOS POLITICOS
· Capitulo 1: De las formas de participación democrática. Arts. 103 a 106
· Capitulo 2: De los partidos de los movimientos políticos. Arts. 107 a 111
· Capitulo 3: Del estatuto de la oposición. Art. 112

TITULO 5: DE LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO
· Capitulo 1: De la estructura del estado. Arts. 113 a 121
· Capitulo 2: De la función pública. Arts. 122 a 131

TITULO 6: DE LA RAMA LEGISLATIVA
· Capitulo 1: De la composición y las funciones. Arts. 132 a 137
· Capitulo 2: De la reunión y el funcionamiento. Arts. 138 a 149
· Capitulo 3: De las leyes. Arts. 150 a 170
· Capitulo 4: Del senado. Arts. 171 a 175
· Capitulo 5: De la cámara de representantes. Arts. 176 a 178
· Capitulo 6: De los congresistas. Arts. 179 a 187

TITULO 7: DE LA RAMA EJECUTIVA
· Capitulo 1: Del presidente de la república. Arts. 188 a 199
· Capitulo 2: Del gobierno. Arts. 200 a 201
· Capitulo 3: Del vicepresidente. Arts. 202 a 205
· Capitulo 4: De los ministros y directores de los departamentos administrativos. Arts. 206 a 208
· Capitulo 5: De la función administrativa. Arts. 209 a 211
· Capitulo 6: De los estados de excepción. Arts. 212 a 215
· Capitulo 7: De la fuerza pública. Arts. 216 a 223
· Capitulo 8: De las relaciones internacionales. Arts. 224 a 227

TITULO 8: DE LA RAMA JUDICIAL
· Capitulo 1: De las disposiciones generales. Arts. 228 a 233
· Capitulo 2: De la jurisdicción ordinaria. Arts. 234 a 235
· Capitulo 3: De la Jurisdicción contenciosa administrativa. Arts. 236 a 238
· Capitulo 4: De la jurisdicción constitucional. Arts. 239 a 245
· Capitulo 5: De las jurisdicciones especiales. Arts. 246 a 248
· Capitulo 6: De la fiscalía general de la nación. Arts. 2249 a 253
· Capitulo 7: Del consejo superior de la judicatura. Arts. 254 a 257

TITULO 9: DE LAS ORGANIZACIONES Y LA ORGANIZACIÓN ELECTORAL
· Capitulo 1: Del sufragio y de las elecciones. Arts. 258 a 263
· Capitulo 2: De las autoridades electorales. Arts. 264 a 266

TITULO 10: DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL
· Capitulo 1: De la contraloría general de la república. Arts. 267 a 274
· Capitulo 2: Del ministerio público. Arts. 275 a 284

TITULO 11: DE LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL
· Capitulo 1: De las disposiciones generales. Arts. 285 a 296
· Capitulo 2: Del régimen departamental. Arts. 297 a 310
· Capitulo 3: Del régimen municipal. Arts. 311 a 321
· Capitulo 4: Del régimen especial. Arts. 322 a 331

TITULO 12: DEL RÉGIMEN ECONÓMICO Y LA HACIENDA PÚBLICA
· Capitulo 1: De las disposiciones generales. Arts. 332 a 338
· Capitulo 2: De los planes de desarrollo. Arts. 339 a 344
· Capitulo 3: Del presupuesto. Arts. 345 a 355
· Capitulo 4: De la distribución de recursos y de las competencias. Arts. 356 a 364
· Capitulo 5: De la finalidad social del estado y de los servicios públicos. Arts. 365 a 370
· Capitulo 6: De la banca central. Arts. 371 a 373

TITULO 13: DE LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN. Arts. 374 a 380

3. CAPITULO 5: DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES

PREAMBULO
EL PUEBLO DE COLOMBIA

En ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la asamblea nacional constituyente, invocando la protección de Dios y con el fin de fortalecer la unidad de la nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana decreta, sanciona y promulga lo siguiente:

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

CAPITULO V: DE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES
ARTÍCULO 95: La calidad del colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecer y dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertados reconocidos en esta constitución implica responsabilidades.
Toda persona está obligada a cumplir la constitución y las leyes.
Son deberes de la persona y el ciudadano:
1. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.
2. Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.
3. Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad nacionales.
4. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica.
5. Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país.
6. Propender al logro y mantenimiento de la paz.
7. Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia.
8. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano.
9. Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del estado dentro de conceptos de justicia y equidad.
CONCLUSION

Si al ciudadano el constituyente le reconoce derechos, igualmente los ciudadanos tienen obligaciones. Derecho y deber se interactúan dinámicamente dentro de las obligaciones, se resaltan algunos deberes macro como son: El respeto a los derechos ajenos, la solidaridad social, las acciones humanitarias, el respeto a las autoridades democráticas y legítimas, la defensa de los derechos humanos, la participación en todos los órdenes, el mantenimiento de la paz, la colaboración en el funcionamiento de la administración de justicia, la protección de recursos culturales y naturales, el deber de contribuir. La norma es valiosa por el carácter pedagógico que ella infunde.

BIBLIOGRAFIA
· MADRID-MALO MARIO – Diccionario jurídico colombiano – LEGIS Fondo editorial
· PEREZ VILLA JORGE – Constitución política de Colombia – Editorial LEYER


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